La última reforma fiscal aprobada por el gobierno en junio de 2014, trae consigo una importante novedad, ya que las sociedades civiles con fines mercantiles tendrán que tributar por el impuesto de sociedades en lugar de hacerlo como hasta ahora, a través del IRPF en atribución de rentas. Esta medida entra en vigor a partir del 1 de enero de 2016.

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Hasta ahora una sociedad civil carecía de personalidad jurídica propia y no se consideraba como tal una sociedad mercantil, por lo que sus miembros debían tributar por el IRPF. Es decir cada a cada socio se le imputaba en su declaración de la renta y sus declaraciones trimestrales de IRPF un porcentaje de los ingresos y gastos de la actividad desarrollada a través de la sociedad civil.

Este cambio obliga a tener que llevar una contabilidad mercantil, es decir, una contabilidad más estricta, que conlleva mayor gasto en asesoría y que modifica la forma de registrar y declarar los ingresos de cada uno de los socio.

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